Servicios
Prestamos todo tipo de servicios relacionados con la auditoría:
- Auditoría de cuentas anuales, tanto voluntaria, como obligatoria
- Informes de auditor para cuentas justificativas de subvenciones
- Auditoría de otros estados financieros o documentos contables
- Auditoría de cuentas anuales consolidadas (grupos empresariales)
- Informes especiales: ampliaciones y reducciones de capital, fusiones y escisiones…
- Informes de procedimientos acordados: CDTI, ECOEMBES, etc.
- Informes de experto independiente
¿Cuándo es obligatorio realizar una auditoría?
Tendrán obligación de auditarse las entidades que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las siguientes circunstancias:
- Que el total de las partidas del activo supere los dos millones ochocientos cincuenta mil euros
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los cinco millones setecientos mil euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a cincuenta
Además, cualquier sociedad que cumpla con las circunstancias establecidas en la Disposición Adicional primera de la Ley 22/2015 de Auditoría de cuentas, también debe someterse a auditoría de cuentas (reciban subvenciones, ayudas o realicen obras, prestaciones, servicios o suministren bienes al Estado y demás organismos públicos dentro de los límites que reglamentariamente fije el Gobierno por real decreto).
¿Es tu caso o el de tu empresa? No te preocupes, nosotros nos encargamos de todo.
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